Agua Potable y Saneamiento
En esta sección se centraliza la información vinculada a trámites relacionados con los servicios de agua potable y saneamiento. El objetivo es facilitar el acceso a los procedimientos, requisitos y canales de gestión para los interesados.
El conjunto de procedimientos para el desarrollo de sistemas en nuevos emprendimientos urbanos en la provincia de Tucumán, se encuentra regulado por las Resoluciones 478/02 y 411/22 para el otorgamiento de nuevos servicios y por las Resoluciones 928/22 y 922/24 que lo restringen en determinadas zonas.
El área de infraestructura, perteneciente a la Subgerencia de Agua Potable y Saneamiento tiene a su cargo la gestión de la incorporación de nuevos servicios en emprendimientos urbanos como así también las inspecciones correspondientes en la ejecución de obras civiles e hidráulicas, tanto nuevas como de mejoras, relacionadas al abastecimiento de agua potable y saneamiento. Este proceso se desarrolla de manera secuencial e incluye las siguientes etapas: factibilidad, verificación de disponibilidad de fuente (en caso de corresponder), aprobación de proyecto, conforme a obra y transferencia de las obras al Prestador del servicio.
El proceso inicia con la presentación de la solicitud de Factibilidad por parte del interesado en el Prestador o el ERSEPT. Se trata de la evaluación técnica inicial aprobada por Resolución que determina la viabilidad de la provisión de los servicios de agua potable y saneamiento, de acuerdo a la capacidad operativa del Prestador autorizado en la zona.
Esta instancia culmina con la emisión del acto administrativo de factibilidad, aprobado por Resolución, en el cual se establecen los lineamientos técnicos bajo los cuales será factible otorgar el servicio para el emprendimiento y las condiciones bajo las cuales deberán desarrollarse las etapas posteriores.
En caso de que el requerimiento implique la generación de una nueva fuente de agua potable, deberá tramitarse el “Acta de Verificación de Disponibilidad de Fuente”, como condición necesaria previa al acto administrativo que aprueba los correspondientes Certificados de Factibilidad.
REQUISITOS PARA SOLICITAR FACTIBILIDAD (PDF) Zonas restringidas según Res 928/22En esta instancia se hace la presentación, según corresponda en la SAT-SAPEM o el ERSEPT, de la documentación técnica correspondiente al nuevo sistema de agua potable y saneamiento para el emprendimiento, conforme a los lineamientos de la factibilidad anteriormente otorgada.
Dicha documentación se presentara conforme a la normativa vigente, la cual se deja a disposición de los interesados a continuación.
REQUISITOS PARA PROYECTOS (PDF)Al final de esta etapa se obtendrá la aprobación del proyecto, que lo hará el Prestador o el ERSEPT, según corresponda.
En esta etapa se presenta la documentación técnica “Conforme a Obra” de los trabajos realizados, conforme a la normativa vigente la cual se deja a disposición de los interesados a continuación.
REQUISITOS PARA CONFORME A OBRA (PDF)Asimismo conforme a lo establecido en la Resolución 286/99, se dispone el pago de un arancel equivalente al 1% del presupuesto elaborado por el ERSEPT en concepto de la aprobación de estudios, proyectos, inspecciones y documentación final Conforme a Obra, relativa a obras de infraestructura sanitaria.
RESOLUCIÓN 286/99 (PDF)Al finalizar esta etapa se obtiene la aprobación del Conforme a Obra por Resolución del ERSEPT.
Una vez aprobada la documentación “Conforme a Obra”, se emite el acto administrativo denominado “Acta de Transferencia”, en el cual intervienen las máximas autoridades del Prestador, organismo de control (ERSEPT) y el emprendedor.
Mediante dicho acto se formaliza la transferencia de los bienes y obras de infraestructura afectadas al servicio, al Superior Gobierno de la Provincia y al Prestador para su explotación, dando por finalizado el proceso administrativo correspondiente al otorgamiento de nuevos servicios.