Revisión Tarifaria Integral EDET 2020-2025

 

Resoluciones de Interés General

 

Integración de terna de postulantes a Representante del Usuario. Resolución 998/2023

Prorrogar los plazos establecidos por Resolución 792/22 (Tarifa Social Eléctrica). Resolución 47/2023 

 

REVISIÓN TARIFARIA EDET 2020 2025

 

Objeto de la Audiencia Pública: considerar: i) La Revisión Tarifaria Integral (RTI) Ordinaria de EDET SA correspondiente al servicio público de distribución de energía eléctrica por redes para el período tarifario comprendido entre el 31 de diciembre de 2020 y el 4 de agosto de 2025 y con vigencia a partir del 01/01/2021. ii) La Revisión Tarifaria Integral (RTI) Ordinaria de EDET SA correspondiente al Mercado Rural Disperso comprendido entre 1 de agosto de 2019 al 31 de Julio de 2021, como así también la correspondiente al período 1 de agosto de 2021 al 31 de julio de 2023, y con vigencia a partir del 01/01/2021 y del 01/08/2021, respectivamente, iii) La asignación de los Subsidios generados en el orden provincial y los que instaurare el Gobierno Federal a los usuarios finales del servicio de energía eléctrica. iv) Tratamiento de los Regímenes de Calidad de Servicio Público y Sanciones, v) Tratamiento del Régimen de Extensión de Redes, vi) Tratamiento del Régimen y Cuadro Tarifario. vii) La efectiva aplicación de los cuadros tarifarios que surgen de las Resoluciones ERSEPT N° 421/20 y los que se aprobaran durante el 2020 con suspensión acordada.

  

Volvé a ver la transmisión de la Audiencia Pública en el siguiente enlace: 

 

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Normativa y reglamentación:

Convocatoria Revisión Tarifaria Integral EDET 2020-2025. Resolución 562/20. Leela haciendo click aquí.

Reglamento sobre Audiencias de modalidad virtual. Resolución 536/20. Leela haciendo click aquí.

Reglamento Audiencias Públicas. Resolución 574/06. Leela haciendo click aquí.

Aprobación de la Revisión Tarifaria Integral EDET 2020-2025. Resolución 645/20. Leela haciendo click aquí.

Convocatoria Consulta Pública Documentada. Resoluciones 120/22 y 121/22.

Expediente de actuaciones (click en cada título para ingresar):

 

Considerandos importantes:

- El acto de la Audiencia Pública se realizará el día Miércoles 09 de Diciembre de 2020 a las 08.00 horas, mediante modalidad remota, virtual, no presencial, a través de la plataforma “ZOOM” para realizar las exposiciones y “VIMEO” para la transmisión por streaming.

- El link de acceso a la plataforma "Zoom" será remitido por el Ente Regulador al correo electrónico que hubiere constituido la parte al momento de su inscripción como expositor. 

- Cualquier persona podrá requerir el acceso al link de la transmisión por streaming por correo electrónico a la casilla Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. hasta el día 04/12/2020 a horas 12.00, previa acreditación de su identidad, la constitución de domicilio especial, e identificación de un correo electrónico donde serán válidas las notificaciones del procedimiento. 

- El Ente Regulador se comunicará, con anticipación al acto de la audiencia pública, con aquellas personas que se hubieren constituido como parte del procedimiento a los efectos de realizar las pruebas que fueren necesarias para facilitar el acceso de las mismas a la plataforma virtual dispuesta para la concreción de la misma.

- Se dispondrá en las localidades de Lules, Trancas, Leales, Tafí del Valle, Monteros y Alberdi de un punto de acceso al acto de la audiencia pública para todas aquellas partes constituidas en el procedimiento que no cuenten con sus propios medios para participar del acto.

- El orden en el uso de la palabra será determinado por las autoridades de la Audiencia Pública, comenzando por quienes se hayan constituido como parte en el procedimiento para lo cual dispondrán de un tiempo de 20 minutos para representantes de instituciones y 15 minutos para particulares. Las autoridades designadas para presidir la Audiencia Pública podrán silenciar cuando haya excedido con creces el tiempo disponible para el uso de la palabra, cuando no se respetaren elementales pautas de decoro y/o convivencia democrática o cuando fuere notoriamente extraño al objeto de la Audiencia Púbica. 

- Las partes no inscriptas en los plazos establecidos en la Resolución 562/20 y que deseen expresarse de igual manera, tendrán la posibilidad de realizar su presentación por escrito durante los 5 días posteriores al 09/12/2020, enviando su presentación en un documento firmado en todas sus hojas a la casilla de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.